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Guía
Activo Subyacente Apalancamiento Call Cesta de Valores Creador de mercado / (Market Maker) Cuota Delta Derivados Ejercicio Automático Elasticidad Entidad especialista Entrega física Fecha de Vencimiento Gamma Gearing In the money Liquidación por diferencias Liquidez Mercado electrónico Mercados de Negociación Orden a precio de mercado Orden a precio limitado Orden on stop Orden por lo mejor Out of the money Paridad Precio de compra Precio de ejercicio Prima del Warrant Punto muerto Put Rho pread Strike Theta Valor Intrínseco Valor Temporal Vega Volatilidad Warrant Americano Warrant Europeo Información proporcionada por: ![]() Guía
Los Warrants otorgan a su poseedor el derecho, pero no la obligación, a comprar (CALL) o a vender (PUT) un número determinado de títulos sobre un activo (Subyacente), a un Precio de Ejercicio determinado (Strike), en una fecha prefijada de antemano (Vencimiento). Un Warrant es, por tanto, un Contrato a Plazo. Imagine que considera la posibilidad de que TELEFÓNICA suba en los próximos 6 meses. Actualmente la acción cotiza a 10 euros, por lo que para posicionarse al alza sobre el título tiene que pagar 10 euros y así, tendrá en cartera 1 acción de TELEFÓNICA. Sin embargo, en vez de comprar el título puede adquirir un derecho a comprar el título (Warrant CALL de TEF con precio de ejercicio 10 euros) que le permita comprar TELEFÓNICA a 10 euros en 6 meses, la compra de ese derecho (Warrant) supone un desembolso mucho más reducido, 1 euro (la Prima del Warrant). Si pasados 6 meses TELEFÓNICA cotiza a 13 euros, el inversor en acciones habrá ganado 3 euros, lo que supone una rentabilidad del +30% [(13-10)/10]. A su vez el inversor en Warrants tendrá la posibilidad (que no la obligación) de comprar TELEFÓNICA a 10 euros cuando ésta cotiza a 13, es decir, comprar 3 euros más barata la acción. Teniendo en cuenta que el derecho (Warrant) le costó 1 euro la rentabilidad de la operación será del 200% [(3-1)/1]. Imagine que en 6 meses TELEFÓNICA cotiza en 5 euros, el inversor en acciones pierde 5 euros por cada acción (las compró a 10 euros), mientras que el inversor en Warrants, simplemente no llevará a cabo su derecho, ya que no le interesa comprar la acción a 10 euros cuando ésta cotiza a 5 euros en Mercado, por lo que perderá su inversión de 1 euro (la Prima del Warrant). Información proporcionada por: ![]() Guía
COMPRA DE UN WARRANT CALL Un Warrant CALL otorga a su poseedor el derecho, pero no la obligación, a comprar un determinado número de títulos de un activo subyacente, a un precio determinado (Strike), en una fecha prefijada (Vencimiento).
Ejemplo: Al ser la Paridad de 2 Warrants una acción si se quiere tener el derecho sobre una acción el precio sería de 1,7 Euros (2 x 0,85). La Compra del Warrant Call significa que se tiene el derecho a comprar una acción de Iberdrola a 15 Euros hasta el Vencimiento (recuérdese que para adquirir una acción harían falta 2 Warrants). Para un precio del Subyacente por encima de 15 Euros, la operación dará beneficios – a Vencimiento - a partir de que el precio de Iberdrola supere los 16,7 Euros (15 + 1,7). Por lo tanto el Punto Muerto de la inversión 16,7 Euros. El inversor ante un precio del Subyacente – a vencimiento - inferior a 15 Euros no estará interesado en ejercer el Warrant Call. La posibilidad de ejercer el Warrant es un derecho, no una obligación. La obligación es del emisor del Warrant, que es el vendedor. Nótese que se han realizado los cálculos con 2 Warrants, al objeto de buscar la equivalencia entre una acción y un Warrant. De no hacerlo así y puesto que la paridad es 2 Warrants 1 acción se tendría que hablar de 0,5 acciones por Warrant. Gráficamente la posición resultante es la siguiente: ![]() COMPRA DE UN WARRANT PUT Los Warrants ofrecen la posibilidad de potenciar la capacidad de inversión también cuando el mercado es bajista, cuando los precios descienden. Un Warrant PUT otorga a su poseedor el derecho, pero no la obligación, a vender un determinado número de títulos de un activo subyacente, a un precio determinado (Strike), en una fecha prefijada (Vencimiento).
Ejemplo: Al ser la Paridad de 500 Warrants a 1 índice, si se quiere tener el derecho sobre un Ibex 35, cuyo valor es de 7.300 Euros, el precio sería de 600 Euros (1,20 x 500). La Compra del Warrant Put significa que se tiene el derecho a vender un índice Ibex 35 a 7.000 hasta el vencimiento (recuérde que para adquirir un índice necesita 500 Warrants). Para un precio del Subyacente por debajo del 7.000, la operación dará beneficios -a vencimiento- a partir de que el precio del Ibex 35 baje de los 6.400 (7.000 – 600). Por lo tanto, el Punto Muerto sería el nivel 6.400 del Ibex. El inversor ante un precio del Subyacente superior -a vencimiento- a 7.000 Euros no estará interesado en ejercer el Warrant Put. La posibilidad de ejercer el Warrant es un derecho, no una obligación en ningún caso. La obligación es del emisor del Warrant, que es el vendedor. Nótese que se han realizado los cálculos con 500 Warrants al objeto de buscar la equivalencia entre un Ibex y un Warrant. Gráficamente la posición obtenida es la siguiente: ![]() Si la inversión que se realiza es a vencimiento, es decir, no se deshace durante la vida del Warrant, solamente se recuperará cuando se supere el Punto Muerto. No obstante, no debe olvidarse que se está hablando de valores a vencimiento. Se puede potenciar la capacidad de inversión mediante la Compra y posterior Venta de la Prima del Warrant en el mercado y obtener, de esta forma, los resultados en función del horizonte Temporal de cada uno de los inversores. Esto es posible gracias al Apalancamiento o Elasticidad del Warrant que se explica más adelante, y a que el emisor dota de liquidez a los Warrants en mercado. Información proporcionada por: ![]() Guía
El 11 de noviembre de 2002 vio la luz el nuevo módulo de negociación de Warrants en el Sistema de Interconexión Bursátil Español (SIBE), lo que supuso la creación de un mercado propio, similar al de Renta Variable, donde se negociaban todos los Warrants emitidos en España. Este módulo nació impulsado por los esfuerzos de la Bolsa de Madrid y de la Sociedad de Bolsas (organismo que agrupa las 4 bolsas españolas y que es supervisor del SIBE) que trabajaron, conjuntamente, con todos los emisores de Warrants a lo largo de varios meses. El resultado es un sistema de negociación puntero, que cuenta con una tecnología capaz de absorber varias centenas de miles de transacciones por día y un funcionamiento innovador a la vanguardia de Europa. Este sistema garantiza la Liquidez absoluta y en tiempo real de todos los Warrants cotizados. Un inversor puede, de esta forma, posicionarse en mercado, tanto para comprar como para vender, a un precio determinado, como si de una acción se tratase. Igualmente, existen las órdenes limitadas, las órdenes por lo mejor, las órdenes a mercado y las órdenes Stop-loss (éstas desarrolladas por algunos intermediarios financieros). Información proporcionada por: ![]() Guía
¿Qué es el activo subyacente de un Warrant? En la terminología utilizada en el Mercado de Warrants, al precio o cotización del Activo Subyacente se denomina SPOT. Las Alzas de precios de ese Activo Subyacente sobre el cual se ha emitido el Warrant, determinarán que suban las primas del Warrant Call y bajen, consecuentemente, las primas de los Warrants Put.
Entre los posibles Subyacentes de un Warrant se encuentran:
¿Qué es la paridad y el mínimo de negociación? No existe una cantidad mínima de negociación a la hora de operar con Warrants de Société Générale.
¿Que indica el tipo o estilo de los Warrants? Los Warrants de tipo “americano” permiten al tenedor del mismo, ejercer el Warrant en cualquier momento, desde la fecha de su adquisición hasta la fecha de ejercicio. En el caso de los Warrants emitidos por Société Générale, el estilo americano es el utilizado para todas las emisiones, exceptuando aquellas referenciadas al Petróleo Brent, que son de estilo europeo. Información proporcionada por: ![]() Guía
El precio de los Warrants, la Prima, puede estar compuesta de dos tipos de valores: Valor Intrínseco y Valor Temporal. VALOR INTRÍNSECO El Valor Intrínseco es el valor que tendrá un Warrant en un momento determinado si se ejerciese el derecho que representa. Para un Warrant Call, el Valor Intrínseco será la diferencia entre el Precio del Activo Subyacente (Spot) y el Precio de Ejercicio en ese momento (Strike). Cuando el Precio de Ejercicio es superior al precio del activo no interesa ejercer ya que, en ese caso, el Valor Intrínseco será nulo. Para un Warrant Put, el Valor Intrínseco será la diferencia entre el Precio de Ejercicio y el Precio del Activo Subyacente. Cuando el Precio de Ejercicio es inferior al precio del activo no interesará ejercer ya que, en ese caso, el Valor Intrínseco será nulo. Cuando se calcula el Valor Intrínseco de un Warrant se debe tener en cuenta la paridad del mismo.
Ejemplo Vc=(12,4-12)/2=0,20 Euros Es decir, del precio del Warrant 0,20 Euros corresponde al Valor Intrínseco. Pero, ¿por qué es el precio de 0,63 Euros?. Esta diferencia de precio se explica por el llamado Valor Temporal del Warrant que se explica a continuación. En el caso anterior, ¿cómo calcular el Valor Temporal? Valor Temporal= 0,63 – 0,20 = 0,43 Euros Si la acción cotizase a 11,5 Euros, la Prima del Warrant sería igual al Valor Intrínseco del Warrant. VALOR TEMPORAL El Valor Temporal del Warrant se obtiene de la diferencia entre el Precio o Prima del Warrant y el Valor Intrínseco. La existencia de ese “sobreprecio” se debe al mayor importe que estará dispuesto a pagar un potencial comprador del Warrant, que piensa que desde la fecha de compra hasta la fecha de vencimiento, el Warrant ganará más Valor Intrínseco. De igual forma, el vendedor de ese Warrant exigirá un precio superior al Valor Intrínseco para cubrirse del riesgo de una variación en los precios que le suponga una pérdida superior. En consecuencia, este elemento temporal tenderá a decrecer a medida que se acerque la fecha de vencimiento, puesto que, menos probabilidades tiene el precio del Activo Subyacente de superar el Precio de Ejercicio (caso del Warrant Call) o de ser inferior al mismo (caso del Warrant Put). Por lo general, el inversor no ejercerá sus Warrants antes de la fecha de vencimiento puesto que, aun estando el precio del Subyacente por encima del Precio de Ejercicio (Warrant Call), todavía existe tiempo para que dicho precio se incremente más. Esto significa que existe un componente temporal que se puede obtener vía venta del Warrant en mercado y que se perdería ejerciendo el Warrant.. Información proporcionada por: ![]() Guía
DETERMINANTES ENDÓGENOS DEL VALOR DEL WARRANT
EL PRECIO DE EJERCICIO
En función del valor del Precio de Ejercicio y en relación con el valor o precio del Activo Subyacente los Warrants se pueden clasificar en tres tipos.
FECHA DE VENCIMIENTO Como ya se ha visto, el precio del Warrant incluye un elemento temporal, que tiende a decrecer al aproximarse la fecha de vencimiento del Warrant, es decir, cuanto menos le quede de vida al Warrant, menor será su valor, puesto que menos probabilidades tiene el Precio de Mercado de superar al Precio de Ejercicio (Call) o de ser inferior al mismo (Put). DETERMINANTES EXÓGENOS DEL VALOR DEL WARRANT
EL ACTIVO SUBYACIENTE Esto significa que si hoy las acciones de Altadis cotizan a 21 Euros, será más probable que dentro de seis meses coticen a 23 Euros que si hoy el precio se situara en 19,5 Euros.
LA VOLATILIDAD Al ser una variable que recoge las fluctuaciones del mercado, hay que realizar un seguimiento constante del mismo para entender los posibles ajustes que sobre ella se puedan llevar a cabo. Estos ajustes, que siguen siempre las variaciones que se dan en el mercado, se producen tanto al alza como a la baja, de modo que el valor del Warrant puede variar en ambos sentidos. En un mercado eficiente, donde los precios del Subyacente incorporan toda la información relevante sobre dicho activo, la variación de los precios es totalmente aleatoria, ya que se producirá con la aparición de nueva información en el mercado, que también es aleatoria. Por lo tanto, la distribución estadística de los precios se aproximará a una distribución normal. En el caso del Subyacente de un Warrant, la dispersión de los precios al vencimiento se corresponde con la Volatilidad de dicho Subyacente, por lo que podemos asociar, en términos estadísticos, la Volatilidad a la desviación típica del Subyacente. La Volatilidad afecta del mismo modo al Call y al Warrant Put. En un mercado donde haya fuertes oscilaciones en los precios, mayor será la probabilidad de que el subyacente del Warrant alcance, a vencimiento, el Precio de Ejercicio, por lo que mayor será su valor. De este modo, podrá comprobarse como, en un mercado con alta Volatilidad, el Warrant tendrá una prima más alta, debido a que es más probable que tenga Valor Intrínseco. Lo contrario ocurre en un mercado que se mueve despacio y que, por lo tanto, tiene una baja Volatilidad. En este caso, la probabilidad de que el contado se desplace hacia un determinado Precio de Ejercicio es menor, por lo que menor será también el precio o prima del Warrant. De esta forma, podemos asegurar que al inversor en Warrants le interesa que la Volatilidad suba y sólo entrará en mercado en momentos de TENDENCIA y MOVIMIENTO claros. De existir un mercado en tendencia Lateral y sin Movimiento, únicamente la operativa a corto plazo deberá ser considerada. Tipos de Volatilidad A continuación, se indican cuales son los diferentes tipos de Volatilidad que un inversor en Warrants debe conocer: Volatilidad histórica. Se emplea como una primera aproximación a la estimación de la Volatilidad del Subyacente y se obtiene mediante series históricas de precios. Nos aproxima la tendencia de la Volatilidad. El cálculo de esta Volatilidad se puede realizar atendiendo bien a los precios de cierre del Subyacente bien a los precios máximos y mínimos de las diferentes sesiones de negociación del período de cálculo. El período que el inversor debe tomar como referencia cuando invierte en Warrants es un plazo equivalente al del vencimiento del Warrant y/o al de su horizonte temporal de inversión. El inversor debe seguir la tendencia de la volatilidad histórica en la página web www.warrants.com/es, sección Análisis Técnico, indicador de Volatilidad. Volatilidad implícita. También denominada Volatilidad del mercado, es la que refleja las expectativas del mercado sobre la Volatilidad del Subyacente hasta el vencimiento del Warrant. Al ser sólo una expectativa, puede variar según el agente que la realice. La Volatilidad implícita es la utilizada en la negociación de la prima del Warrant, por eso se denomina implícita o Volatilidad real de mercado. El dato de Volatilidad implícita para cada Warrant puede consultarse en la página web sección Cotizaciones. Volatilidad futura. Es la Volatilidad que cualquier inversor en Warrants quisiera conocer, pues de su conocimiento dependen la correcta valoración del Warrant y las posibles ganancias que se puedan producir derivadas de los errores que sobre las expectativas de Volatilidad tengan los demás agentes.
TIPOS DE INTERÉS El efecto de los tipos de interés será, en el caso del Warrant Call el inversor puede diferir parte del desembolso necesario para adquirir el Activo Subyacente, e invertir ese escedente al tipo de interés libre de riesgo para recibir así un retorno. Cuanto mayor sea el tipo de interés, mayor será el retorno, y por tanto más valor tendrá el Warrant Call que permite hacer esa operación.En el caso de los Warrants Put el efecto será el contrario. Las variaciones de los tipos de interés afectan a la Prima de los Warrants de una manera poco significativa.
DIVIDENDOS La influencia en el precio de los Warrants es clara; ejercerá un efecto negativo sobre el precio de los Warrant Calls y un efecto positivo sobre los Warrants Put. Sin embargo, hay que matizar el efecto de este factor en la prima de los Warrants atendiendo a si el dividendo que se reparte es un dividendo ordinario y conocido que el Warrant ya recoge en su valoración, o si por el contrario, se trata de un dividendo extraordinario que el Warrant no tiene en cuenta en su valoración. Información proporcionada por: ![]() Guía
Las variables que van a trasladar las variaciones de los parámetros antes comentados en la Prima de los Warrants se denominan las Sensibilidades de los Warrants y están representadas por letras griegas: Delta, Gamma, Theta, Vega y Rho.
LA DELTA La Delta oscilará entre 0% y 100% en caso del Call y entre -100% y 0% en caso del Put. En términos absolutos, ante una variación de 1 punto del Activo Subyacente, la variación del precio del Warrant no puede ser ni mayor que 1 ni menor que 0. Matemáticamente la Delta del Warrant es la derivada parcial de la prima con respecto al precio del Activo Subyacente. La Delta de un Warrant Call muy Out of the Money (OTM) estará próxima a cero puesto que variaciones en el precio del Subyacente no incidirán en un incremento sustancial de la probabilidad de que a vencimiento ese Warrant tenga valor, por lo que el Warrant es muy insensible a las variaciones del Activo Subyacente. Si el Warrant Call se encuentra At the Money (ATM) la Delta se aproximará a 0,5, es decir, por cada unidad que suba el Subyacente la prima del Warrant lo hará en 0,5 unidades. Esto nos indica que en este punto existe un 50% de probabilidad de que el Warrant gane Valor Intrínseco a vencimiento. A medida que el Warrant Call entra In The Money (ITM), la Delta se va acercando a 1. Las variaciones del precio del Warrant serán idénticas a las del Activo Subyacente. En el caso de los Warrants Put, la Delta es negativa y ello se explica por el hecho de que si el precio del Subyacente sube, provoca un descenso en Delta unidades en el precio del Warrant Put. El siguiente gráfico representa el valor de la Delta a vencimiento, en el caso de compra de un Warrant Call, frente a variaciones en el Precio de Ejercicio.
Una Delta elevada indica que el Warrant tiene muchas probabilidades de permanecer dentro de la moneda (ITM) a vencimiento. Por el contrario, una baja Delta indica que existen muy pocas posibilidades de que el Warrant tenga valor a vencimiento. Si la Delta es del 50% significa que existe la misma probabilidad de que el Warrant se encuentre tanto dentro como fuera de la moneda a vencimiento. El inversor no debe olvidar, por tanto, que la Delta evoluciona conforme lo hace el precio del Activo Subyacente. Esto significa, como veremos más adelante, que la Elasticidad o Variación del Warrant ante variaciones del Activo Subyacente no es constante en el tiempo. Para el inversor en Warrants, la Delta es muy importante puesto que le permitirá calcular la Elasticidad del Warrant y con ello obtener la evolución del precio del Warrant ante movimientos del Activo Subyacente.
LA ELASTICIDAD Con la Elasticidad se obtiene la variación teórica porcentual del precio del Warrant ante variaciones del 1% en el Activo Subyacente. Esto significa que si se tiene un Warrant con Elasticidad del 6% sobre una acción de Endesa y esta acción sube un 1% el Warrant Call experimentará un alza teórica del 6%. Igualmente, si la acción baja, el precio del Warrant Call sufrirá un descenso porcentual idéntico.
¿Cómo se calcula la Elasticidad?
La fórmula para su cálculo es la siguiente: ![]() El Gearing representa cuántos Warrants pueden comprarse con respecto al Precio del Subyacente o Spot. Es, en definitiva, lo que se entiende como Apalancamiento. La Paridad ya se definió anteriormente y representa cuántos Warrants equivalen a un Activo Subyacente.
Ejemplo:
Precio de Ejercicio: 18 Euros
Para calcular la Elasticidad se aplica la fórmula descrita anteriormente y obtenemos: ![]() Esto significa que si las acciones de Unión Fenosa suben un 1%, el Warrant Call subirá un 10,3%. Obviamente, si las acciones de Unión Fenosa caen un 1% el Warrant lo hará también en función de esa sensibilidad del 10,3%. El inversor puede, gracias a la Elasticidad, potenciar su capacidad de inversión y obtener una rentabilidad muy superior a la conseguida en acciones. No obstante, se debe vigilar en todo momento la posición y limitar el riesgo. Se puede calcular la Delta de los Warrants mediante un programa de valoración de opciones simple. Una hoja de cálculo puede servir de igual forma a este propósito. Y, si lo prefiere, puede consultarla a través de la línea 900 20 40 60 y en la página Web www.warrants.com
LA THETA ¿A qué se debe esta pérdida de Valor Temporal?. La respuesta está relacionada con la probabilidad de que el Warrant adquiera Valor Intrínseco. Cuanto menos tiempo quede para el vencimiento del Warrant, menos probabilidad existe de que el Warrant pueda ganar más Valor Intrínseco, por lo que su Valor Temporal será menor. Esto afecta tanto a los Warrants Call como a los Warrants Put. La Theta del Warrant nos mide la sensibilidad del precio del Warrant al paso del tiempo. Si, por ejemplo, se tiene un Warrant Call sobre Endesa con Precio de Ejercicio 14 Euros, un Vencimiento a 1 año, el Warrant cotiza a 0,95 Euros y la Theta es de 0,005 Euros.
¿Qué significa? La pérdida de Valor Temporal se vuelve exponencial al acercarse el Vencimiento del Warrant. Esta es la razón por la cual el inversor debe ser muy cauto a la hora de operar con Warrants de vencimiento muy cercano.
En cualquier caso, no olvide que otro efecto que se produce al tiempo que decrece el Valor Temporal del Warrant consecuencia del paso del tiempo es, obviamente, un incremento de la Elasticidad al disminuir el precio del Warrant. Gráficamente podría verse de la siguiente forma:
![]()
LA VEGA Como ya se ha visto anteriormente, los incrementos de Volatilidad influyen positivamente en el precio de cualquier Warrant (tanto Call como Put), lo que explica que todos los Warrants tengan una Vega positiva. Por contra, los descensos de Volatilidad influyen negativamente en el precio de cualquier Warrant. Si la Vega de un Warrant, cuyo precio es de 1,45 Euros, fuera de 0,04 Euros, un aumento de un 1% de la Volatilidad provocaría que el valor del Warrant fuera de 1,49 Euros. Si por el contrario, la Volatilidad cayese un 1% el precio o prima del Warrant pasaría a 1,41 Euros. El coeficiente Vega es positivo puesto que todo aumento de la Volatilidad del Subyacente hace aumentar el valor de la opción ya sea ésta de compra o de venta. Esto se debe a que una mayor Volatilidad lleva a una probabilidad más alta de oscilaciones en el precio de la acción Subyacente, lo que hace aumentar el valor de la opción. No olvide contemplar todos los factores expuestos a la hora de invertir en Warrants. Recuerde que el éxito de sus inversiones dependerá de ese conocimiento previo de las características del mercado donde se va a invertir. Información proporcionada por: ![]() Guía
LA COBERTURA DE RIESGOS MEDIANTE WARRANTS Una de las estrategias más populares y más utilizadas con Warrants es, sin duda, la cobertura de riesgos. La forma de cubrir el riesgo ante movimientos adversos del mercado de referencia es comprando Warrants Put. Se pretende la inmunización ante descensos del precio de una cartera de valores o acción determinada. Existen dos tipos de Cobertura: La Cobertura Estática o a Vencimiento y la Cobertura Dinámica.
Cobertura estática 1º Selección del Precio de Ejercicio o Strike a utilizar. Al realizarse una cobertura, el Precio de Ejercicio que se tome debe coincidir con el Spot (cotización del Activo Subyacente) de Mercado en ese momento. 2º Determinación de la Beta de la Cartera. La cobertura que se realice será más precisa cuanto más se ajuste la composición de la misma al Subyacente que se utilice para realizar dicha inmunización. Este ajuste se puede calcular mediante la Beta de la cartera, que indica cómo se mueve la misma ante movimientos del Subyacente de referencia (por ejemplo, estudiar la correlación de la cartera con el Ibex 35). 3º Cálculo del número de Warrants a comprar.
Se aplicará la siguiente fórmula para obtener el número de Warrants Put a comprar si se quiere cubrir una cartera ante movimientos a la baja de la misma.
![]()
Donde:
Ejemplo: El Ibex 35 se sitúa en el nivel 7.000. Lo primero que debe hacerse es estudiar las características del Activo Subyacente utilizado para la realización de la cobertura. Tomamos el Warrant Put con Precio de Ejercicio o Strike 7.000 cuyas características son las siguientes:
Strike: 7.000 ![]() ![]() Significa que se deberá realizar un desembolso de 5.850 Euros (4.500 Warrants x 1,30 Euros) para cubrir un montante de 60.000 Euros, es decir, un 9,75% de la cartera. De esta forma se ha inmunizado la cartera a vencimiento. No obstante, no olvide que la cobertura no será al 100% efectiva.
Cobertura dinámica Los pasos para ver cuántos Warrants son necesarios para cubrir una posición determinada son exactamente los mismos que los aplicados a la Cobertura Estática con una salvedad al aplicar la fórmula que se concreta en lo siguiente:
Aplicándolo al ejemplo anterior: ![]() Es decir, en este caso, la Cobertura perfecta implica la adquisición de 7.758 Warrants, una cantidad superior a la necesaria en caso de la Cobertura Estática. A continuación, el inversor deberá ir ajustando la cantidad de Warrants, de forma diaria, semanal, etc. en función de la Delta. De esta forma, cuando el mercado suba, la Delta del Put bajará y, consecuentemente, al realizar el cálculo anterior veremos como el inversor debe adquirir más Warrants Put. En caso de descensos del mercado, se reducirá la posición de la misma forma.
LA ESPECULACIÓN CON WARRANTS Al realizar las distintas estrategias con Warrants, y sabiendo que únicamente pueden comprarse Call o Warrants Put, se limitan las pérdidas a la inversión realizada mientras que los beneficios potenciales son ilimitados.
Tipos de Estrategia Posicionamiento Bajista. Con la compra de un Warrant Put se limitan las pérdidas al importe pagado por la prima, mientras que las ganancias pueden ser ilimitadas. Como el beneficio aumenta con el descenso en los precios, esta posición es la indicada cuando se tengan expectativas bajistas del mercado. Posicionamiento Bidireccional (El Straddle o cono comprado). Si no se tiene claro la dirección de la cotización de una acción, índice, divisa o materia prima, pero se piensa que el mercado puede moverse de forma importante hacia un lado u otro, puede realizarse una estrategia denominada Straddle, consistente en la adquisición de un Call y un Warrant Put SG de mismo Precio de Ejercicio y mismo vencimiento.
De esta forma, si efectivamente el mercado experimenta movimientos alcistas o bajistas significativos se entrará en beneficios. Obviamente, necesitaremos que el movimiento sea lo suficientemente amplio como para permitir recuperar la prima de la posición que resulte fallida. ![]() El riesgo para el inversor reside en que no se produzca el movimiento previsto (ausencia de movimiento), ni alcista, ni bajista, en cuyo caso el riesgo en el que se incurre es doble al obtener pérdidas tanto por la posición alcista como por la posición bajista. Obviamente, el inversor puede cerrar (vender) dicha posición sin tener que esperar a vencimiento y así recuperar parte de las primas del Call y Warrant Put de SG. Otra posibilidad con la que cuenta el inversor que ha abierto un Straddle es la de ganar con ambas posiciones. ¿Cuándo puede suceder esto?. Cuando se da un incremento fuerte de Volatilidad que, como se dijo, afecta de igual modo a los Call como a los Put. Al subir las primas, el inversor podría revender la posición y obtener beneficios por ambos lados.
En este caso, la figura se graficaría de la siguiente forma: ![]() En cualquier caso, si el inversor desea ajustar al máximo el Straddle, deberá tener en cuenta la Delta del Call y del Put y ajustar el número de Warrants a ese ratio.
Ejemplo:
Si en esa fecha, donde el Dow Jones cotiza en los 9.500 puntos, observamos los Warrant que Société Générale tiene emitidos sobre el Dow Jones, de vencimiento 1 año y Paridad 1.000/1, nos encontramos con los siguientes datos: ![]() En cualquiera de las estrategias a desarrollar, el inversor debe fijarse unos objetivos de precios del Dow Jones, así como el nivel máximo de pérdidas (Stop de protección). Además, debe contemplar el momento de Volatilidad en el que nos encontramos y el tiempo que desea mantener dicha posición. El inversor a), que es alcista, establece el objetivo de precios del Dow Jones en los 10.766 puntos, es decir, un 13,33% por encima de los niveles actuales. Su Stop lo establece en los 9.246 puntos, es decir, un 2,67% por debajo de los actuales niveles. El plazo lo fija en 7 días. Adquiere el Warrant Call SG de Strike 9.500. El inversor bajista, el b), piensa que el Dow Jones caerá hasta los 8.740 puntos, es decir, un 8% por debajo de los niveles actuales. Su Stop lo fija en los 9.690 puntos, un 2% por encima de los niveles actuales. Plazo de la inversión 4 días. Adquiere el Warrant Put SG de Strike 9.500. Por último, el inversor bidireccional, c), prevé un movimiento muy fuerte, de un mínimo de un 10%, hacia un lado u otro. Su idea consiste en deshacer, de inmediato, la posición que no esté en concordancia con el movimiento desarrollado y mantener la posición ganadora. En caso de permanecer 5 días sin movimiento, cerrará todas sus posiciones. Supongamos que al final, el Dow Jones se mueve de forma fuerte alcanzando los 10.133,65 puntos en 3 días, es decir, sube un 6,67% con un aumento de Volatilidad de 0,5 puntos. Veamos los resultados de las distintas posiciones;
Inversor a)
Inversor b)
Inversor c)
Warrant Put En este último caso, no tiene porqué mantenerse una posición bidireccional hasta la fecha de vencimiento, se puede deshacer en mercado aquella posición que esté incurriendo en pérdidas.
EL CASH-EXTRACTION La idea fundamental es ganar Liquidez por la sustitución de la inversión en acciones por la inversión en Warrants. Ello es posible gracias al efecto multiplicación o Elasticidad de los Warrants donde invirtiendo una cantidad pequeña se expone a un montante superior.
La fórmula a aplicar para la realización de esta estrategia consiste en el cálculo de la posición equivalente en Warrants sobre las acciones que se calcula de la siguiente forma: ![]()
Ejemplo:
¿Qué estrategia puede realizar para obtener Liquidez?. La alternativa: realizar un Cash-Extraction. El inversor deberá vender sus acciones en mercado y convertir esa posición en Warrants sobre Altadis con un Precio de Ejercicio lo más cercano posible al precio al que vendemos las acciones. Seleccionamos el Warrant Call de SG con Precio de Ejercicio 18 Euros. Paridad 2/1 y vencimiento en 1,5 años. Precio del Warrant: 2,00 Euros.
El cálculo a realizar sería el siguiente: ![]() Puede verse como con una inversión de 1.332 Euros se obtiene la misma exposición a la acción que con 6.000 Euros, lo que significa que se obtiene un 78% de Liquidez, manteniendo el resto en posición en Warrants. Si Altadis sigue subiendo, gracias a la Elasticidad, se obtendrán las mismas rentabilidades que con la acción. Si cae se limitan las pérdidas y se dispone de Liquidez para entrar en mercado, si interesa, a precios inferiores en un momento posterior. Información proporcionada por: ![]() Guía
El análisis que se expone a continuación desarrolla las principales características del régimen tributario actualmente aplicable a los Warrants, de acuerdo con la normativa española de ámbito estatal en vigor a fecha Junio de 2003, sin perjuicio de los regímenes tributarios forales de Concierto y Convenio Económico en vigor en los Territorios Históricos del País Vasco y en la Comunidad Foral de Navarra. Esta exposición no pretende ser una descripción comprensiva de todas las consideraciones de orden tributario que pudieran ser relevantes en cuanto a una decisión de inversión o desinversión en los Warrants, ni tampoco puede abarcar el tratamiento fiscal aplicable a todas las categorías de inversores, algunos de los cuales (como por ejemplo, las entidades financieras, las entidades exentas del Impuesto sobre Sociedades, las Instituciones de Inversión Colectiva, los Fondos de Pensiones, las Cooperativas, etc.) pueden estar sujetos a normas particulares, tanto de aplicación subjetiva como territorial. Se aconseja en tal sentido a los inversores interesados en la adquisición de los Warrants que consulten con sus abogados o asesores fiscales las consecuencias tributarias aplicables a su caso concreto. Del mismo modo, los inversores habrán de tener en cuenta los cambios que la legislación vigente en este momento pudiera experimentar en el futuro.
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS Respecto a la adquisición del Warrant en el mercado secundario, el precio a pagar por éste, adicionado en los gastos y comisiones de intermediación satisfechos por el contribuyente, se computará como valor de adquisición. Las rentas derivadas de la transmisión del Warrant, con las excepciones expresamente previstas en los apartados 2, 3, 4 y 5 del artículo 31 de la Ley 40/1998, tendrán la calificación de ganancias o pérdidas patrimoniales, las cuales vendrán determinadas por la diferencia entre el valor de transmisión, el cual normalmente estará configurado por el precio de enajenación minorado por los gastos y comisiones inherentes a la transmisión, siempre que hubiesen sido satisfechos por el transmitente, y el valor de adquisición definido en el párrafo anterior. Dichas rentas deberán imputarse al período impositivo que corresponda, atendiendo, en su caso, a lo dispuesto en el apartado f) del número 5 del artículo 31 de la Ley 40/1998. En el supuesto de ejercicio del Warrant, la renta obtenida tendrá la naturaleza de ganancia o pérdida patrimonial, y vendrá calculada por la diferencia entre (i) el Importe de Liquidación, definido como la diferencia entre el Precio de Liquidación del Warrant y el Precio de Ejercicio (strike), en el caso de Warrant Calls, o por la diferencia entre el Precio de Ejercicio (strike) y el Precio de Liquidación en el caso de Warrants Put, en ambos casos minorado en los gastos y comisiones que pudieran corresponder al titular por el ejercicio del Warrant, y el valor de adquisición anteriormente definido. Si llegado el vencimiento, el Warrant no se hubiera ejercitado, y no procediese, por tanto, ningún tipo de liquidación, se producirá una pérdida patrimonial fiscalmente computable por el importe del valor de adquisición del Warrant, anteriormente definido. Parece razonable mantener que la renta procedente tanto de la transmisión como del ejercicio del Warrant se integrará en la parte especial o general de la renta del período impositivo en función de que el período transcurrido desde su adquisición exceda o no de un año. Cuando la ganancia o pérdida patrimonial se manifieste en plazo igual o inferior a un año, contado desde la fecha de adquisición del Warrant, la misma se compensará con el resto de ganancias y pérdidas patrimoniales de esta naturaleza que se hubiesen generado en el ejercicio y, si resultase un saldo neto positivo, con pérdidas patrimoniales de la misma naturaleza procedentes de los cuatro años anteriores, que se encontraran pendientes de compensación. Si el resultado de la anterior compensación arrojase un saldo positivo, el mismo se integrará en la parte general de la renta del período impositivo, tributando según la escala general del Impuesto. En el caso de que el resultado de la compensación de las distintas ganancias y pérdidas patrimoniales de esta naturaleza, generadas durante el período impositivo, arrojase un saldo negativo, el mismo podrá ser compensado con el saldo positivo de los rendimientos e imputaciones de rentas de la parte general de la renta del período impositivo del contribuyente correspondiente a dicho ejercicio hasta el límite del 10 por 100 de dicho saldo; las pérdidas que excediesen de dicho límite podrán ser compensadas, en los términos descritos, durante los 4 años siguientes. Si, por el contrario, el período transcurrido entre la fecha de adquisición y la fecha de transmisión o ejercicio fuese superior a un año, la ganancia o pérdida patrimonial obtenida se integrará en la parte especial de renta del período impositivo, debiendo ser objeto de compensación, en su caso, con las ganancias y pérdidas patrimoniales de esta misma naturaleza que se hubiesen generado en el ejercicio y, si resultase de ello un saldo neto positivo, con las pérdidas de igual naturaleza que, procedentes de los cuatro años anteriores, aún estuviesen pendientes de compensación. Las ganancias patrimoniales, una vez efectuada, en su caso, la compensación mencionada, tributarán a un tipo fijo del 15 por 100. En el caso de que la alteración patrimonial neta del período tuviese signo negativo, su importe podrá ser compensado durante los cuatro años siguientes. Información proporcionada por: ![]() Guía
Contar con Disciplina a la hora de invertir en Warrants es fundamental para poder tomar posiciones con estos productos. Deben fijarse los objetivos y el nivel de riesgo que se está dispuesto a asumir y, además, éstos deben cuantificarse y limitarse. El inversor no debe olvidar que se está invirtiendo en un producto derivado de alto Apalancamiento. Para negociar los Warrants de SG necesita un intermediario financiero (Banco, Caja, Agencia o Sociedad de Valores, o Broker online), ya que no es posible negociar directamente los Warrants con el emisor al igual que una acción.
CONSEJOS PRACTICOS
2.- Selección correcta del Warrant en función de la estrategia de inversión a realizar.
Ejemplo: ![]() Supongamos que al cabo de los 20 días la acción efectivamente sube un 10%, ¿cuál hubiera sido el resultado de adquirir uno u otro Warrant?
Warrant de vencimiento en 1 mes: En este caso, ante un alza del título del 10%, con el Warrant Call se ha obtenido una rentabilidad del 68,7%, pero no el 117,5% que resultaría de aplicar únicamente la Elasticidad. El paso del tiempo, al ser un Warrant con vencimiento cercano, ha supuesto dejar de ganar un 48,80%.
Warrant de vencimiento en 12 meses: Fíjese el resultado de adquirir el Warrant de vencimiento a 1 mes y el de vencimiento en 12 meses. La rentabilidad es superior en el Warrant de vencimiento a corto plazo pero la pérdida de Valor Temporal es también muy alta. Si no se hubiese producido movimiento alguno, con la posición de corto plazo se obtendrían pérdidas del 48,80% con posibilidad de llegar al 100% si esa situación se mantiene hasta la fecha de vencimiento. Con el Warrant de vencimiento a largo plazo, se reduce la rentabilidad pero también el riesgo. Además, el efecto Temporal es mucho menor.
3.- Fijación de Niveles Stop de Protección y Objetivos de Precios. Igualmente, debe establecerse un nivel objetivo de precios. Llegado ese nivel se puede optar por el cierre de posiciones y recogida de beneficios, o bien por seguir de cerca el mercado y ajustar el Stop de Protección al alza y de acuerdo con la nueva situación de mercado. A este respecto, una parte de los inversores deshace la mitad de su cartera de Warrants una vez alcanzado el objetivo de precios. De esta forma, el inversor recoge Liquidez y plusvalías y deja abierta la mitad de su posición a la espera de nuevas alzas del Subyacente con un riesgo inferior.
¿Cómo puede establecerse el Nivel de Stop de Pérdidas?
4.- Selección Correcta del precio del Warrant
Veamos los siguientes Warrants sobre Repsol: ![]() Supongamos que la acción de Repsol sube en un día un 2%. ¿Cuál es el nuevo precio de esos Warrants? ![]()
En el primer caso, el Warrant de precio 0,03, no se ha obtenido rentabilidad alguna, pues, aunque la acción ha subido un 2% y el efecto Multiplicación es muy alto (18,5 veces), el bajo precio y el alto Spread (50%) provocan un beneficio cero para el inversor, pese a que el Warrant ha subido un 50%. Además, no debe olvidarse que en caso de querer cerrar posiciones en esos Warrants y, sin haberse producido variación alguna del precio de la acción, con el primero de los Warrants, el hecho de comprar a 0,03 y vender a 0,02 supone una pérdida del 33,3% (a pesar de ser el mínimo Spread posible). Por contra, en el segundo Warrant el Spread es del 0,91%.
5.- Inversión Máxima del 10% de la cartera Además, con una inversión del 10% y gracias al Efecto Multiplicación, se está tomando una posición de Nominal mucho mayor, de forma que, con una menor inversión se está tomando una posición nominal más alta. Para concluir el manual queremos hacer referencia a la página web de Warrants de SG (www.warrants.com/es) como lugar recomendado de visita. En la página web podrá:
• Seguir las cotizaciones de los Warrants en Tiempo Real.
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